La Asamblea Constituyente aprobó el artículo 15 de la Constitución capitalina, referido a la Ciudad Productiva, donde quedó establecido el seguro de desempleo como el programa a través del cual se otorgará a las personas en tal condición, los recursos y las condiciones necesarias para una vida digna, en tanto se reincorporan a alguna actividad productiva.
El artículo 15 establece el derecho al desarrollo sustentable y derecho al trabajo en la capital, establece además las disposiciones para las relaciones de las instituciones públicas capitalinas con sus trabajadores.
El artículo aprobado señala en el apartado A que en la ciudad toda persona tiene derecho a participar en el desarrollo económico, social, cultural y político para ejercer a plenitud sus derechos humanos y libertades fundamentales.
Son diversos los temas contemplados en el apartado B, entre ellos, el reconocimiento y tutela del derecho humano al trabajo, el respeto a éste en todas las políticas públicas y en la estrategia de desarrollo local y el goce de los derechos humanos en materia laboral reconocidos por la Constitución federal, tratados e instrumentos internacionales para los habitantes de la ciudad.
El artículo 15 señala además que las autoridades de la capital habrán de promover la igualdad sustantiva en el trabajo y salario, y la generación de condiciones para el pleno empleo, el salario remunerador, el aumento de los ingresos reales y el incremento de empleos formales.
Se aprobaron también programas para erradicar el trabajo infantil, esclavo y forzado, así como la discriminación laboral.
Se incluye un numeral para la implementación de programas que protejan con efectividad los derechos de las personas trabajadoras domésticas y cuidadores de enfermos a través de la firma de contratos con los empleadores y el acceso a la seguridad social. Ambas labores se reconocen en la Constitución como generadoras de bienes y servicios para la producción y reproducción social.
TRABAJO NO ASALARIADO EN LA CDMX
A propuesta del constituyente del Partido Nueva Alianza (Panal), Gabriel Quadri, se hicieron modificaciones al apartado B, numeral 12 relacionado con los trabajadores no asalariados, para incluir a los artesanos en esta categoría. Quedó de la siguiente manera siguiente:
“Las personas trabajadoras no asalariadas, prestadoras de servicios por cuenta propia que producen bienes y artesanías y comerciantes tienen derecho a realizar un trabajo digno y a poseer una identidad formal en la Ciudad de México, a asociarse para defender sus intereses, recibir capacitación y las demás que establezca la legislación en la materia”. Su propuesta fue aprobada por 70 votos en favor, nueve en contra y una abstención.
La diputada del grupo parlamentario Constituyente, Clara Judisman, presentó una reserva para que el fondo también tuviera el propósito de financiar la atención médica, además de las pensiones y el ahorro. También propuso que el fondo contara con participación de las autoridades de la ciudad. El diputado Roberto López, del PRD, también presentó una reserva para que en el fondo fuera financiado por el gobierno y no sólo por los beneficiarios, como lo proponía el dictamen.
Al final, los términos del dictamen a este respecto fueron sometidos a votación por separado y no contaron con la aprobación de la mayoría calificada, por lo que el numeral 13 del apartado B fue regresado a la Comisión de Carta de Derechos para una nueva dictaminación, para lo cual contará con 72 horas. |