Luis Alberto Alonso @ikaro_46
A efecto de la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la que sólo se podrá prohibir circular a los vehículos de la Zona Metropolitana conforme a la emisión de gases contaminantes, el llamado “Doble Hoy No Circula” queda inhabilitado en su precepto base para tal propósito: el año de producción del auto. Incluso el otorgamiento de los engomados sufrirá la misma modificación, informó el titular de la Consejería Jurídica del Distrito Federal, José Ramón Amieva.
En conferencia de presa, relató que derivado de los cientos de juicios de amparo impulsados contra la impopular medida hacia mediados de 2014, los demandantes lograron una “suspensión” de los efectos de este programa para con sus vehículos.
Consecuente a estas demandas, los Tribunales Colegiados de Circuito resolvieron dos tesis contradictorias al respecto. Por una parte, se dedujo que no era posible determinar el engomado conforme al grado de emisión de gases contaminantes; por la otra, que sí resultaba procedente el otorgar la calcomanía o engomado conforme al grado de emisiones contaminantes. Lo anterior, siempre y cuando los dueños de los automotores hubiesen iniciado un juicio de amparo contra la última normativa del programa Hoy No Circula.
“Como en el supuesto operativo para que pudiera proceder de aplicación o pudiera proceder la aplicación o la consideración de esta resolución de la Suprema Corte de Justicia sería necesario que aquellos propietarios de vehículos automotores de las entidades que conforman la Megalópolis promovieran un amparo, porque la suspensión no se da si no se interpone un amparo y se conoce de esta suspensión”, precisó en este respecto.
Con ello, tanto Miguel Ángel Mancera, jefe de Gobierno capitalino, como Tanya Müller, secretaria de Medio Ambiente (Sedema), quedan evidenciados en lo que toca a la falsedad de sus declaraciones vertidas sobre el tema. Y es que luego de entrar en vigor el endurecimiento al Hoy No Circula ambos aseguraron que el año del vehículo no sería determinante para ver afectada su circulación –pese a que los lineamientos así lo establecen, demostrado en la máxima prioridad para los autos eléctricos- sino que el primer criterio para este efecto sería el grado de gases contaminantes.
Así, la Consejería Jurídica capitalina será la encargada de proponer a la Comisión Ambientar de la Megalópolis las modificaciones pertinentes al Programa de Verificación Vehicular Obligatoria de cara al segundo semestre del presente año a fin de que cualquier automovilista que se presente a realizar este trámite no requiera tramitar un juicio de amparo para ser sujeto a estas determinaciones emitidas por la Suprema Corte.
“El criterio que da la Suprema Corte es que le corresponde la calcomanía de acuerdo a la emisión de gases. Aquí el criterio que sustenta el proceso de verificación es cuántos gases emite un vehículo y qué calcomanía le corresponde o qué grado de calcomanía le corresponde… Es decir, si a alguien le correspondía por modelo, sustituimos, quitamos el término de modelo y únicamente queda como criterio de verificación la emisión de gases”, reiteró al dar cuenta de las contradicciones oficiales por parte de Mancera Espinosa y Müller García.
Además, Amieva Gálvez, quien será el encargado de redactar las modificaciones, detalló que las calcomanías para la circulación de cualquier automotor podrían ser modificadas de ahora en adelante a un rango de circulación mayor para quienes se han visto impedidos por la normativa vigente, incluso antes de la última modificación.
“Hay estándares de calificación y de medición de gases y, de acuerdo a ello, le corresponderá determinada calcomanía. Es decir, si a alguien le correspondía por modelo, sustituimos el término de modelo y únicamente queda como criterio de verificación la emisión de gases…si le correspondía el holograma número 2, de acuerdo a la emisión de gases puede tener la 1 o la 0, de manera inmediata se le entregaría la 1 o la 0”, concluyó. |