Actualmente en la Ciudad de México es de vital importancia impulsar medidas que desalienten el consumo generalizado de bebidas alcohólicas, sin embargo, debido a que la población más vulnerable a las adicciones son los jóvenes y mujeres, se deben implementar acciones con perspectiva de género que permitan revertir la tendencia de crecimiento de consumo que tienen estos sectores, así lo manifestó la diputada Lourdes Paz Reyes.
Al presentar ante el Pleno del Congreso de la Ciudad de México la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 36, con los incisos b) y c), y 71, con la fracción x, y se reforma el artículo 66 de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, la integrante del Grupo Parlamentario de Morena indicó que el consumo de estas sustancias por parte de jóvenes y mujeres ha pasado del 5.3% en 1991 al 13.3% en 2017.
En sus consideraciones, la legisladora explicó que de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (ENCODAT), 2016-2017, la Ciudad de México presenta el índice más alto de consumo entre jóvenes que cursan la secundaria y bachillerato, con graves consecuencias para su salud, además de que se trata de un elemento presente en diversos accidentes y en la comisión de delitos.
Derivado de lo anterior, indicó que dicha propuesta de modificación obliga a los titulares de giros de bajo impacto que venden bebidas alcohólicas en envase cerrado, a informar a sus clientes que está prohibido el consumo de esos productos al interior de los locales y en la vía pública, agregando las posibles consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento, que consisten en un exhorto para retirarse del lugar.
Asimismo, dijo que se incorpora la obligación de los titulares para implementar medidas que desincentiven el consumo excesivo de bebidas alcohólicas, difundiendo las consecuencias sobre el abuso del alcohol y conducir bajo su influjo.
“En la Ciudad de México hemos presenciado que en los últimos meses se han incrementado los lugares donde se oferta la cerveza para su consumo inmediato, conocidos con el nombre de ‘chelerías’; sin embargo, la modalidad con la que operan estos comercios, en muchos casos irregulares, es variada, pues existen supuestos en que la venta de productos en envase abierto se realiza en la vía pública; en otros casos, dentro de establecimientos mercantiles que deberían contar con permiso para la venta de bebidas alcohólicas en envase abierto o al copeo”.
Aseguró que las modificaciones al artículo 66 y adición del 71, se basan en las sanciones aplicables a los titulares de giros de bajo impacto, ya que en caso de permitir o facilitar el consumo de bebidas alcohólicas al interior de sus locales o en la vía pública, se cambian las sanciones pecuniarias por una clausura permanente del establecimiento.
|