A fin de dar continuidad y cumplimiento estricto al marco constitucional y legal en la Fiscalización de los recursos públicos que ejercen las dependencias y entidades de gobierno en la Ciudad de México y como parte del cumplimiento de acciones de transparencia y buen gobierno, la Comisión de Rendición de Cuentas y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, envió la Cuenta Pública 2020 a la Auditoría Superior de la Ciudad de México a efecto de cumplir con lo establecido en la Constitución y en el artículo 23 de la Ley de Fiscalización Superior.
Cabe recordar que hace unos días la Jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum, a través de la Secretaría de Gobierno, remitió el informe de la Cuenta Pública de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2020, a la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad.
El documento que contiene los resultados derivados de la ejecución y cumplimiento de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, aprobados para el ejercicio fiscal del año inmediato anterior, fue turnado a la Comisión de Rendición de Cuentas y Vigilancia de la Auditoria Superior de la Ciudad de México, que preside el diputado José Luis Rodríguez Díaz de León, para darle trámite.
De acuerdo al documento, los ingresos en la Ciudad durante 2020 ascendieron a 232 mil, 415.8 millones de pesos, el egreso ascendió a 232 mil, 13.1 millones de pesos y la deuda pública fue de 3 mil, 112.1 millones de pesos. Además se señala que el Gobierno local destinó a las acciones de prevención, atención y mitigación del Covid-19, recursos adicionales por 8 mil, 002 millones de pesos. Dichos recursos fueron distribuidos en dos áreas de atención: reforzar el sistema de salud y otorgar apoyos a la población.
Al respecto el legislador señaló, que la revisión de la Cuenta Pública tiene por objeto determinar el resultado de la gestión financiera, así como verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas, además de revisar si el gasto fue congruente con las normatividades y disposiciones aplicables en el artículo 28 de la Ley de Fiscalización Superior.
El diputado, también Vicecoordinador del Grupo Parlamentario de Morena señaló que los artículos 32 inciso c, numeral 1, inciso h) y 62, numeral 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México disponen que la Jefatura de Gobierno debe remitir al Congreso de la Ciudad de México la Cuenta Pública del ejercicio fiscal de que se trate a más tardar el 30 de abril, plazo que se cumplió correctamente.
La Cuenta Pública se entrega al Congreso a través de la Mesa Directiva a más tardar el 30 de abril, de conformidad con las disposiciones constitucionales antes referidas, dicho órgano del Congreso la turna de manera la Comisión de Rendición de Cuentas y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Ciudad de México y está a su vez la envía al Órgano de Fiscalización, a fin de que se inicie el proceso de fiscalización correspondiente a la Cuenta Pública.
Por su parte, el Auditor Superior deberá presentar a la Comisión el Programa General de Auditoría, en un plazo no mayor a quince días hábiles contados a partir de que reciba la Cuenta, para su eventual aprobación, según lo dispuesto en el numeral 14 fracción XIII de la Ley.
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